608 EL REINADO DE ISABEL II.


EL REINADO DE ISABEL II.

Isabel II, reina de España (1863)


Isabel II de España, llamada «la de los Tristes Destinos» o «la Reina Castiza»

Proclamada reina a los tres años de edad, bajo la tutela de su madre María Cristina, y obligada a contraer matrimonio a los dieciséis años,

Isabel II se convirtió en una mujer adelantada a su tiempo, que rompió con el estigma decimonónico de ser un ‘ángel del hogar’.

Oficialmente, Isabel II y Francisco de Asís fueron padres en doce ocasiones, aunque varios embarazos acabaron en abortos o los neonatos fallecieron al cabo de muy poco tiempo
Atrevido e irreverente es el retrato que hace Valle Inclán en “La corte de los milagros”:

“La Católica Majestad, vestida con una bata de ringorrangos, flamencota, herpética, rubiales, encendidos los ojos del sueño, pintados los labios como las boqueras del chocolate, tenía esa expresión, un poco manflota, de las peponas de ocho cuartos.”

Debido a su pequeña nariz el pueblo la apodó rápidamente "La Chata" y este sería el nombre por el que se la conocería en todo el país

Este retrato de Juan Pérez de Villamayor,
PARA SABER MÁS, VER:


1. REGENCIA DE MARÍA CRISTINA DE NÁPOLES 

María Cristina de Borbón

A la muerte de Fernando VII en 1833, su esposa, María Cristina de Borbón-Dos Sicilias accede al trono en calidad de Regente ante la minoría de edad de la futura reina Isabel II. Se encontrará enfrentada al hermano del Rey fallecido, Carlos María Isidro de Borbón, que no reconoció la derogación de la Ley Sálica que impedía a las mujeres acceder al trono de España hecha por Carlos IV y ratificada y promulgada por el propio Fernando VII y que llevaría al enfrentamiento bélico entre los pretendientes a la Corona conocido como la Primera Guerra Carlista.


Guerra carlista 

Desde 1833, los carlistas estaban en guerra contra los cristinos. Se habían hecho fuertes en el País Vasco, Navarra y Cataluña, fundamentalmente, con un apoyo inicial de unos 70.000 hombres, aunque los alzados en armas eran muchos menos.

El 14 de noviembre de 1833, las Juntas de Álava y Vizcaya nombraron a Tomás de Zumalacárregui jefe de sus ejércitos. El ejército cristino contaba en ese momento con unos 115.000 hombres, aunque sólo unos 50.000 se encontraban con capacidad de combatir. En el futuro se debió movilizar a cerca de medio millón para enfrentarse victorioso a las tropas carlistas. El Infante Don Carlos, fugado de su exilio inglés, se instaló entre Navarra y el País Vasco, y desde allí dirigió la contienda, fijando la capital en Estella. Tras los éxitos iniciales, Zumalacárregui perdió la Batalla de Mendaza el 12 de diciembre de 1834 y se retiró hasta una nueva incursión en la primavera de 1835 que obligó a los seguidores de la Regente a situarse más allá del río Ebro. Durante el sitio de Bilbao, el 15 de junio de ese año, Zumalacárregui sufrió heridas de combate que le provocaron la muerte días más tarde. En el verano de 1835, los isabelinos al mando del general Fernández de Córdova trataron de aislar a los carlistas en el norte pero sólo consiguieron mantener el control de las ciudades más importantes.

La muerte de Zumalacárregui provocó una estabilización de los frentes, salvo la incursión de 1837 hasta las puertas de Madrid. El general Baldomero Espartero fue el encargado de dirigir a las tropas fieles a la Regente y evitar la acometida de la Expedición Real que se aproximó a Madrid, hasta que el 29 de agosto de 1839, firmó la paz con el general carlista Rafael Maroto en lo que se conoce como el Abrazo de Vergara.

Estatuto Real

El fin del periodo absolutista de la Restauración animó a los liberales, defensores de la Regente, a que rigiera nuevamente la Constitución de 1812 elaborada por las Cortes de Cádiz.

La posición de la Regente no es clara respecto al restablecimiento de la Constitución, y encarga a Francisco Martínez de la Rosa, a la sazón Presidente del Consejo de Ministros la elaboración de una nueva norma. Junto a Javier de Burgos y no pocas dificultades, el 10 de abril de 1834 se promulga el Estatuto Real a modo de carta otorgada que pretende superar la anterior norma fundamental de 1812 y contentar a liberales y moderados.

 El intento de compromiso entre la corona y los liberales moderados, se plasma en el Estatuto Real del 10 de abril de 1834. Aún no siendo una constitución propiamente dicha, si es un pacto que establece una representatividad de abajo hacia arriba, pacto entre la soberanía popular y la monarquía, participando del espíritu de concesión de representatividad política. Así mismo, sin ser una Carta otorgada, disfruta de su espíritu, ya que Martínez de la Rosa, vivió la experiencia de la Carta de Francia. El Estatuto Real es un texto jurídico breve, solo cuenta con 50 artículos, que establecía dos cámaras: un estamento de Próceres, y otro de Procuradores. Este sistema bicameral, entroncaba con el espíritu de Jovellanos y el sistema británico, conjugando los intereses de los dos estamentos de la sociedad Aristocracia (Próceres) y Pueblo (Procuradores). El Estatuto Real fue una solución necesaria, pero a la vez breve debido a la falta de equilibrio en la sociedad española de 1834, y a su propia carencia de soluciones. Quizás el Estatuto Real, hubiera sido rentable en 1822, pero en 1834 no; la revuelta de Sargentos de la Granja el 13 de agosto de 1836, provocó su derogación, forzando la firma de la reina gobernadora, de la Constitución de 1812, y provocando la posterior elaboración de la Constitución de 1837. En el Estatuto se echa de menos una proclamación de derechos individuales, así como un pronunciamiento sobre la soberanía nacional, siendo estos dos puntos claves de la ideología liberal. El Estatuto enfrentará a los liberales moderados, que verán en él su carta política, con los liberales exaltados, que comenzarán a llamarse progresistas y rechazarán el Estatuto.
Desde junio de 1835, Martínez de la Rosa había tenido que abandonar el poder, asumiendo la presidencia del gobierno el conde de Toreno, que durará escasamente tres meses.


  • EL GOBIERNO DE MENDIZABAL Y LA CONSTITUCIÓN DE 1837
Mendizábal nació en Cádiz en 1790. Estuvo siete meses en el poder en los que volvió a poner en practica la legislación de la etapa de 1812 y fomentó importantes novedades, entre las que se encuentran una declaración ministerial según la cual se comprometía a hacer realidad las peticiones de las Juntas, la creación de las Diputaciones Provinciales y la promesa de una declaración de derechos y la responsabilidad del gobierno ante las Cortes.

Apoyado por el estamento de procuradores su gobierno fue una dictadura plebiscita y revolucionaria. Durante todo el gobierno existió un grave peligro carlista lo que explica que la antigua milicia, ahora llamada “Guardia Nacional” multiplicase sus efectivos hasta cambiar la situación militar.
En el tema hacendístico Mendizábal intentó resolver los problemas que había mediante los empréstitos, repartiendo por provincias unas ciertas cuotas de ingresos obligatorios, y mediante la desamortización. Mendizábal empezó a encontrar dificultades para gobernar a partir del año 1836 y en mayo de este año fue sustituido por Istúriz.

Las cortes pretendían adaptar la Constitución de 1812 pero, finalmente, se trabajó en la redacción de una nueva Constitución, la de 1837, que intentó superar la de 1812 y el Estatuto Real, que habían resultado de incierta aplicación.

El texto fue elaborado por una Comisión presidida por Argüelles, quien tuvo gran importancia en la redacción de la Constitución de 1812. En el texto de la Constitución del 37 se aprecia el influjo del llamado liberalismo doctrinario, por el cual se trató de conseguir el mantenimiento de una parte de los poderes que le correspondían a la Monarquía en el Antiguo Régimen.

- La Constitución de 1837

La Constitución de 1837 tiene tan sólo 13 títulos y 77 artículos y aunque en su preámbulo hace mención a la soberanía nacional se contempla en ella la existencia de una soberanía compartida entre el rey y las Cortes, ya que el poder legislativo corresponde a la Cortes con el rey, y éste tiene un veto absoluto sobre la legislación además de la capacidad de disolver las cámaras provocando así una nueva convocatoria electoral.

Esta Constitución constituye uno de los primeros prototipos europeos de texto fundamental basado en la Monarquía Constitucional. En ella se definen dos cámaras con las denominaciones actuales: Congreso de los Diputados y Senado. Además se hace alusión a la Milicia Nacional, contiene una declaración de Derechos entre los que está la libertad de imprenta y no declara el catolicismo como única religión verdadera, con lo cual no se prohiben otras religiones.

La Constitución de 1837 podía haber sido un campo común para las dos tendencias liberales, sin embargo la lucha partidista provocó que con cada cambio de gobierno se modificará el texto.

- La desamortización

A partir de 1833 el proceso desamortizador se precipitó por varias causas:

1.- La guerra obligaba al Estado a obtener recursos.
2.- Se difundió en el país un clima anticlerical.
3.- Los antiguos compradores de bienes desamortizados en el Trienio, expropiados en 1823, presionaban al gobierno para que les devolviera sus bienes.

Por eso no es extraño que los gobiernos liberales fueran poco a poco avanzando hacia la desamortización.

El resultado es que sólo subsistieron 300 de los 2.000 conventos existentes.

En esta situación se publicó la primera de las dos grandes leyes de desamortización de la revolución liberal, la de Mendizábal.

En 1836 se declaraban en venta todos los bienes pertenecientes al clero regular, y se destinaban los fondos obtenidos a la amortización de la deuda pública.

Bajo la regencia de Espartero, se incluyeron los bienes del clero secular, igualmente desamortizados. Fue finalmente con la vuelta de los moderados, en 1844, cuando se suspendieron las subastas, aunque el gobierno del general Narváez garantizó las ventas ya realizadas.


PARA SABER MÁS, VER:


REGENCIA DE ESPARTERO
  • EL PROGRESISMO DE ESPARTERO
Después del a emigración de María Cristina hacia París la primera fórmula política que existió fue un ministerio regencia a cuyo frente estaba Espartero.

Espartero nació en 1793, su identificación con el progresismo fue muy tardía y su carácter autoritario, con lo que no tuvo la menor duda de su monarquismo. Combatió en primera línea en la Guerra de Independencia y en las sucesivas Guerras Carlistas. Fue herido en ocho ocasiones. Su carácter altivo y exigente lo llevó a cometer excesos, en ocasiones muy sangrientos, en la disciplina militar. Convencido de que su destino era gobernar a los españoles, llego a ser dos veces presidente del Consejo de Ministros y asumió la Jefatura del Estado como regente durante laminoría de edad de Isabel II. El general Baldomero Espartero,Príncipe de Vergara –entro otros muchos títulos– fue el único militar español con tratamiento de Alteza Real.

A pesar de todas sus contradicciones, supo pasar desapercibido los últimos veintiocho años. Rechazó la Corona de España y fue tratado como una leyenda desde bien joven. Joaquín Baldomero Fernández-Espartero Álvarez de Toro (Granátula de Calatrava, 27 de febrero de 1793 – Logroño, 8 de enero de 1879) fue una figura clave en la historia militar y política del siglo XIX. Este general curtido en batallas fue el protagonista, junto a Maroto, del Abrazo de Vergara de 1839. Un gesto con el que se se selló la paz en la Primera Guerra Carlista.

Tras la contienda se volcó en la política. María Cristina le nombró presidente del Consejo de Ministros. Después fue él mismo el que la exigió que abdicara para que le nombrara regente en 1841.

Dos años más tarde se vio obligado a disolver las Cortes. Desde entonces, se mantuvo retirado. En 1868, Prim le ofreció que las Cortes lo eligieran rey constitucional de España, pero él lo rechazó. Amadeo de Saboya fue quien finalmente lo nombró Príncipe de Vergara con tratamiento de Alteza Real.

Las elecciones de 1841 dieron la victoria a los progresistas debido al “retraimiento” de los moderados, es decir, la negativa de estos a considerar como posible el acceso al poder por procedimientos legales, lo que planteaba un pronunciamiento.

En septiembre de 1841 se produjo un pronunciamiento, producto de una conspiración dirigida por la ex-regente y apoyado en la oficialidad. La localización del pronunciamiento en las provincias vascas se debió al descontento de los oficiales del ejército carlista, ahora integrados en las filas del ejército regular.

El fusilamiento de quienes intentaron el pronunciamiento reveló el autoritarismo de Espartero.
A finales de 1841 se produjo la divergencia en el seno del progresismo, debido a la aparición del republicanismo en varios sectores políticos. Estos sectores presentaban un programa de izquierda con medidas sociales, como el reparto de la tierra desamortizada, la difusión generalizada de la enseñanza, o la disminución del presupuesto militar.
Estos sectores republicanos no supusieron un peligro para Espartero hasta que su oposición se vio multiplicada por el intento de introducir un arancel modestamente librecambista. Además los procedimientos autoritarios del regente le enfrentaron con la prensa liberal, en su mayor parte progresista.

Esto llevó a la sublevación de Barcelona. Debido a los temores a la política librecambista se produjo un movimiento de carácter popular en el que tomaron parte republicanos y obreros de la industria textil.

El movimiento fue espontaneo. En 1842 Barcelona fue bombardeada hasta su sometimiento y como castigo se le obligó a pagar una contribución extraordinaria.
En las elecciones de enero de 1843 los diputados progresistas electos contrarios a Espartero eran casi el doble que sus adictos. El regente cedió el gobierno a un dirigente progresista no dependiente de él. Los progresistas sublevados se sumaron a los generales moderados que habían formado una sociedad secreta: la Orden Militar Española.

En 1843 Narváez desembarcó en Valencia y Espartero abandonó el país.

REINADO DE ISABEL II

Isabel II de Borbón.
  • LA DÉCADA MODERADA
  • NARVÁEZ Y LA CONSTITUCIÓN DE 1845
El general Narváez subió al poder en mayo de 1844. Pertenecía a un grupo de militares que protagonizaron la vida política durante todo el reinado en el que también se incluían Serrano, Concha y O'Donnell.
Narváez había sido un liberal templado, durante muchos años pudo ser considerado el hombre fuerte, no sólo del partido moderado, sino de todo el régimen de Isabel II. Fue quien plantó las bases del régimen durante su primer gobierno, que duró hasta febrero de 1846. Contó con la colaboración de varios sectores del partido moderado, ya que éste se podía dividir en:
  • Derecha: Representado por el marqués de Viluma. Deseaban una vuelta a una fórmula semejante al Estatuto Real, la reconciliación con los carlistas, mediante el matrimonio de la reina y una representación corporativa en vez del parlamentarismo liberal.
  • Izquierda: También denominado puritano, estaba dirigido por Joaquín Pacheco. Deseaban la conciliación con los progresistas, y, para ello, estaban dispuestos a mantener la Constitución de 1837.
  • Centro: En este sector se sitúa Narváez, antiguos doceañistas: Francisco Martínez de la Rosa, ilustrados: Luis López Ballesteros, y burócratas que harían las reformas de la época moderada: Alejandro Pidal y Mon.
Narváez se comportaba con dureza y así se demostró cuando el levantamiento de Zurbano fue liquidado con su fusilamiento.
Las cortes de 1844 se inclinaron hacia la derecha. En 1845 se redactó una nueva Constitución. La mayoría de sus artículos son una transcripción literal de la Constitución de 1837, sin embargo, los cambios configuran su texto como una alternativa política un tanto distinta.
En su preámbulo se plantea desde el primer momento el carácter compartido del poder entre el pueblo y el rey.
En la Constitución de 1837 sólo constaba la condición católica del pueblo español, en la de 1845 se obligaba a mantener el culto.
En la nueva Constitución el Senado tiene un papel crucial. Su composición era de nombramiento real, el número de senadores ilimitado y el cargo vitalicio.
Al rey se le atribuía una amplia libertad en materia matrimonial, iniciativa legislativa y capacidad para nombrar y separar los ministros o para disolver las Cortes.
Además se dictaron otras disposiciones, como la Ley electoral, la Ley municipal o la legislación sobre imprenta.
La Ley electoral tenía tales exigencias de nivel económico que el censo electoral se redujo a menos de 100.000 personas, cuando antes superaba el medio millón.
La Ley municipal estableció un sistema muy centralista que permitía al gobierno nombrar directamente a los alcaldes en los municipios de más de 2.000 habitantes.
La legislación sobre imprenta exigía elevados depósitos previos a quienes quisieran editar un periódico y establecía un tribunal de jueces y no de jurados populares para determinar los posibles delitos de prensa.
El matrimonio de la reina Isabel II produjo la dimisión de Narváez, ya que doña María Cristina eligió un candidato demasiado a la derecha para el gusto del presidente.

  • EL MODERANTISMO Y SU CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO LIBERAL: REFORMAS PARA UNA ADMINISTRACIÓN CENTRALIZADA Y REFORMAS TRIBUTARIAS DE MON
La obra más importante de los moderados fue la creación de las instituciones fundamentales de un Estado, que aunque contó con las características del moderantismo logró una perduración muy notable.
Las decisiones que tomaron fueron: el centralismo, carácter censitario y oligárquico y la consideración de la administración como la médula del Estado.
La actual organización ministerial data de esta época. Determinadas vertientes de la acción del Estado se fueron convirtiendo en ministerios (comercio, Instrucción Pública).
En estos tiempos se resolvió la cuestión relativa a las regiones forales que quedaron sometidas a la legislación del resto de España en ciertas materias.
Respecto a la organización judicial lo más importante fue la configuración del Tribunal Supremo. Los proyectos esbozados en estos tiempos fueron el germen de las fórmulas definitivas, como ocurrió con el Código Civil.
La acción de estos gobiernos tuvo varios objetivos:
  • Estabilizar la institución militar. Los procedimientos a los que recurrieron alternaban la represión, expulsión de 1.200 oficiales, con una elevación de los sueldos que hizo desaparecer el motivo más frecuente de la protesta.
  • Configurar una Administración funcionarial siguiendo el modelo francés. La situación de la Administración española rozaba lo catastrófico y el esfuerzo por arreglarla presidió toda la obra de los moderados, pero el momento más singular fue el intento de Bravo Murillo en 1852 que señaló las normas para acceder a la función publica.
  • Organizar la Administración provincial. Los gobernadores civiles quedaron perfilados como cabeza de la Administración provincial, representantes del gobierno y delegados del rey.
En estos años la acción del Estado cambió en varios sentidos entre los cuales el más destacable fue el referente al aspecto tributario.
Alejandro Pidal y Mon inspirado por la tradición francesa sustituyó el sistema fiscal heredado del Antiguo Régimen por unas fórmulas nuevas basadas en dos impuestos esenciales.
  • La contribución territorial, aplicada a cada persona de acuerdo con su propiedad, principalmente agraria.
  • Unos impuestos indirectos denominados “de consumos” que encarecían los productos de consumo diario y que, por ello, motivó importantes protestas entre los sectores más importantes.
Este sistema fiscal no cambió hasta bien entrado el siglo XX. Los orígenes del derecho presupuestario o incluso la peseta como moneda patrón datan también de este momento.

  • EL BIENIO PROGRESISTA Y EL BIENIO MODERADO
  • REFORMAS PROGRESISTAS: LA CONSTITUCIÓN NON NATA DE 1856
El bienio progresista nació después del pronunciamiento del 54 con una colaboración de sectores políticos distintos y apenas si llegó verdaderamente a fraguar.
El triunfo del pronunciamiento provocó la necesidad de elaborar una nueva Constitución. En ella se impusieron los criterios del progresismo, aunque el escaso tiempo de duración del gobierno progresista impidió que la Constitución llegará a ver la luz.
El texto proclamaba la soberanía nacional y tenía una amplia declaración de derechos. Los dos puntos más originales eran la confesionalidad del Estado, al que se obligaba a mantener el culto, pero imponía la no-persecución de quienes profesaran otras doctrinas distintas del catolicismo; y el referente a lo legislativo, se introducía un Senado electivo con iguales poderes y responsabilidades que el Congreso. También se resucitaba la tradición de la Diputación Permanente de las Cortes imaginada en la Constitución de 1812.
  • LA VUELTA AL MODERANTISMO
En 1855 se empezó a producir una transición desde la situación política progresista hasta otra caracterizada por la vuelta a las soluciones moderadas.
La existencia de la Milicia Nacional provocaba una tensión hacia el partido demócrata y, a la vez, el elemento militar se oponía a cualquier intento subversivo y acababa decantándose hacia el orden impuesto desde arriba.
La llegada al poder de O'Donnell provocó la disolución de la Milicia Nacional y la vuelta a la Constitución de 1845 a la que se quiso añadir un “acta adicional” para darle mayor amplitud liberalizadora en materias como el juicio por jurados en los delitos de imprenta, la ampliación del sufragio, la determinación de la duración mínima del periodo de apertura de las Cortes, etc. Pero ese procedimiento de ampliación quedo en nada.
En octubre de 1856 los moderados volvieron al poder con Narváez a la cabeza, quien de nuevo modificó la Constitución.

  • LA ETAPA DE LA UNIÓN LIBERAL (1858-1863)
  • ENTRE MODERADOS Y PROGRESISTAS: LA POLÍTICA DE LA UNIÓN LIBERAL
En junio de 1858 O'Donnell recuperó el poder, y esto supuso un periodo de estabilidad.
Este gobierno no trató de elaborar una fórmula constitucional. Su política era menos represiva que la de los gobiernos moderados y las instituciones parlamentarias funcionaron, mientras que la legislación aprobada estuvo centrada principalmente en los aspectos económicos y administrativos.
José Posada Herrera organizó las elecciones de modo tal que los gobernadores con ayuda de los modernos medios de comunicación conseguían una mayoría electoral, pero, también cierta representación del adversario para que éste no se lanzase por el camino de la subversión.
Respecto a la legislación de estos años se aprobaron leyes importantes, como la de notariado y la hipotecaria. También se adoptó una política desamortizadora, pero intentando llegar a una acuerdo con la Santa Sede.
  • LA CRISIS DE LOS DOS ÚLTIMOS AÑOS DEL REINADO
  • LA DECADENCIA DE LOS GOBIERNOS MODERADOS Y LA OPOSICIÓN DE PROGRESISTAS Y DEMOCRATAS
Tras casi un lustro de estabilidad política se volvió a una sucesión de gobiernos poco duraderos. La causa del desplazamiento de la Unión Liberal fue la descomposición interna de una coalición de procedencia tan plural.
Durante estos años se produjo una amplia difusión de una ideología democrática y contraria a la reina, que indica la quiebra de esa mentalidad ideológica característica de la transición entre el Antiguo Régimen y el liberalismo que es el moderantismo o el liberalismo doctrinario.
O'Donnell abandonó el poder en marzo de 1863 y se produjo un retorno al moderantismo más cerrado. Hubo una serie de gobiernos moderados (Miraflores, Mon) que diagnosticaron el exceso de apertura como la razón causante de todos los males del régimen y acabaron por volver a la Constitución de 1845. Esto hizo que los progresistas pasaran al insurreccionismo.
En un posterior gobierno de Narváez, de tan sólo nueve meses en 1864-1865, apareció un nuevo tipo de conflicto político en el que los protagonistas eran los estudiantes. La existencia de un profesorado demócrata en la Universidad Central fue un motivo de seria preocupación para las autoridades.
El breve paréntesis del gobierno O'Donnell trató de enderezar la situación hacia una reedición de la Unión Liberal. Sin embargo en enero de 1866 se sublevó por vez primera Prim, ahora progresista, y en junio se produjo la sublevación de los sargentos del cuartel de San Gil, que no fue ya exclusivamente militar, sino que colaboraron con ella las clases populares del sur madrileño.
Cuando O'Donnell abandonó el gobierno la totalidad del unionismo se separó de la monarquía.
El sexto y último de los gobiernos de Narváez, verano 1866-abril 1868, presenció los graves efectos de la crisis económica. En esta época España pasó por una doble crisis. Una crisis de subsistencia, debida a las malas cosechas, y una crisis financiera que produjo la quiebra de la mitad de los bancos.
Mientras tanto la oposición se ponía de acuerdo en un programa unitario basado en la reunión de una Asamblea Constituyente elegida por sufragio universal (Pacto de Ostende).
La desaparición de Narváez hizo que el poder fuera entregado a González Bravo, quien desterró a generales e incluso a miembros de la familia real, sin que ello detuviera la conspiración.


PARA SABER MÁS, VER:
HIS-ESP-XIX-ISABEL II 
HIS-ESP-XIX-ECONOMÍA 

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